La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) retuvo este jueves ocho embarcaciones en un operativo que desarrolló en guarderías y amarres del Consorcio Parque Náutico de San Fernando, por adeudar entre todas $ 15 millones en el Impuesto a las Embarcaciones Deportivas, informaron desde ese organismo.
Se trata del primer operativo que realiza el Gobierno de Axel Kicillof para secuestrar embarcaciones tras reglamentar el procedimiento que habilita a retener un total de 1.333 yates, lanchas, motos acuáticas y veleros a motor pertenecientes a contribuyentes que registran más de $ 2.000 millones de deuda en concepto del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.
En ese sentido, el director ejecutivo del organismo, Cristian Girard, quien encabezó el procedimiento, precisó a Télam que «es la primera vez que se aplica la competencia que tiene ARBA para proceder al secuestro de embarcaciones deportivas, en caso de que se cumplan ciertos requisitos: que la valuación fiscal sea de $ 8.750.000 o más, que adeude el 30% de las cuotas vencidas y que esa deuda supere los $ 875.000 «.
«Estamos hablando de deudas de $ 1 millón para arriba en embarcaciones deportivas de valuación fiscal de $ 9 millones «, graficó Girard.
Explicó que en el amarradero fiscalizado había 12 embarcaciones que deben $ 20 millones, de las cuales se retuvo a 8 dado que los titulares de las restantes habían fallecido o los barcos no estaban en el lugar.
El funcionario explicó el procedimiento a través del cual se les concede “24 horas para que paguen” a quienes se encuentran en falta.
“Se retiene la embarcación y ellos deben cancelar el 50% de la deuda y comprometerse a pagar el otro 50%. Con eso, liberamos el barco. Si eso no ocurre, a las 36 horas procedemos al secuestro, notificamos al juez y éste a Prefectura para impedir la navegación», precisó Girard.
Advirtió que «si en los 10 días posteriores al secuestro no se abona la deuda, se inicia juicio y embargo de cuenta al propietario».
De ese modo, los fiscalizadores de la Agencia inmovilizaron los yates y notificaron a los contribuyentes que tendrán un tiempo perentorio de 36 horas para evitar el secuestro y la judicialización de la deuda, ya sea demostrando la regularización de su deuda impositiva, o bien cancelando la totalidad de la misma o en un 50%, comprometiéndose en ese caso a abonar el resto en un plazo de 10 días hábiles, y firmando a tal fin un acta de compromiso de pago.
Según informó la Agencia oportunamente, la retención temporal, que impide la circulación y uso del bien en cuestión, sólo podrá extenderse por un tiempo determinado, y luego quedará sin efecto.
Transcurrido ese plazo, y de acuerdo a cada caso, si el titular no abona la deuda ni firma el compromiso de pago, o no inscribe la embarcación ni suscribe el acta correspondiente, ARBA procederá al secuestro de la misma.
Al respecto, Girard expresó que «el criterio de fiscalización tiene que ver con cómo entendemos la recaudación en la provincia por la visión que nos da el gobernador Axel Kicillof: buscar los recursos de manera progresiva».
«Las leyes establecen que deben pagarse un impuesto por estas embarcaciones y nosotros tenemos que fiscalizar para que se pongan al día», completó el titular de ARBA.
Recordó que «el año pasado hicimos un fuerte operativo de registración: comunicamos que detectamos embarcaciones que no estaban inscriptas, que no estaban pagando el impuesto y logramos 400 altas».
Sostuvo que se hicieron operativos, se detectaron yates «de altísima valuación fiscal» que luego «se inscribieron y están pagando», y precisó que “la novedad es que estamos implementando esta competencia que reglamentamos el año pasado por la cual se puede secuestrar el barco».
ARBA continuará con estos operativos la semana próxima en amarraderos de Nordelta.
La resolución normativa 19/23 de ARBA determina que el organismo ejercerá las facultades de retención y secuestro que le confiere el Código Fiscal.
Además, establece que estarán sujetas a retención y secuestro aquellas embarcaciones que no estén registradas ante la Agencia de Recaudación, cuando exista obligación de hacerlo, y se verifiquen estas condiciones: se encuentren amarradas, fondeadas o guardadas durante un período de seis meses o más en jurisdicción bonaerense; y que ARBA haya notificado previamente a su titular, comunicándole la falta de inscripción en el tributo.
Fuente: Telam